Volver Proveedores / ClientesVolver Proveedores / Clientes 1/6. ¿Se han aplicado las medidas de protección en relación a los proveedores o clientes contempladas en la evaluación específica de riesgo al SARS-CoV-2 en el ámbito laboral? Si No Aclaración Las medidas de protección en relación a los proveedores o cliente son aquellas destinadas a proteger a los trabajadores de la empresa y a este colectivo para que puedan llevar a cabo sus tareas de manera segura. Estas medidas abarcan las instrucciones que desde la empresa se dan a las personas ajenas a la misma para minimizar el riesgo de contagio y transmisión, tales como, controles de aforo, establecer elementos físicos para mantener la distancia de seguridad, dotar de medidas higiénicas a aquellos que van a entrar al centro de trabajo, etc. Cualquier toma de decisión sobre las medidas preventivas a adoptar en cada empresa deberá basarse en información recabada mediante la evaluación específica del riesgo de exposición al SARS-CoV-2, que se realizará siempre en consonancia con la información aportada por las autoridades sanitarias. Normativa - Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2 - Guía de buenas prácticas en los centro de trabajo